CONSULTORA JURIDICO AMBIENTAL
CEMBIO
EN LO PRINCIPAL: Requiere ejercicio de la acción por daño ambiental; OTROSÍ:
Acompaña documentos.
ILUSTRÍSIMA ALCALDESA DE LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR
SRA. MACARENA RIPAMONTI SERRANO
GABRIEL ALONSO MUÑOZ MUÑOZ, abogado, cédula nacional de
identidad No 10.404.584-7, mandatario judicial, según se acreditará, de la
CORPORACIÓN PRO-DEFENSA DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL
DE VIÑA DEL MAR, Rut 75.073.200-3, y de la FUNDACIÓN YARUR BASCUÑÁN,
Rut 65.087.270-3, organizaciones que forman el Movimiento “DUNA VIVA” todos,
con domicilio para estos efectos en Calle Cinco Poniente 447, Viña del Mar, a UD.
con respeto digo:
Que, por el presente acto, y en atención a lo dispuesto por el artículo 54 inciso
segundo de la Ley N° 19.300, vengo en requerir el ejercicio de la acción por daño
ambiental en contra de Inmobiliaria Lote 21 SpA y la inmobiliaria VIMAC Spa, por
haber culposa o dolosamente causado daño ambiental al Campo Dunar de Concón.
Revisa el texto completo aquí
https://drive.google.com/file/d/1Ct-b2n1QHybCl0Y3VeRdY3GlCxEDEPV1/view?usp=drive_link