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Esta mañana hemos tomado conocimiento de la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema, quien ratificó por unanimidad el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que en noviembre del 2020 acogió el recurso de protección que interpuso el abogado Gabriel Muñoz como representante de la Fundación Yarur Bascuñán y Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar en contra del proyecto inmobiliario Makroceano. La sentencia de la Corte porteña establece que se deben detener inmediatamente las obras por la ilegalidad en la construcción, dado que dicho proyecto se encuentra sin un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), por lo tanto, ello conculcó la garantía constitucional del Artículo 19 nº 8 de la Constitución Política, esto es “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.
La obra de la Inmobiliaria Makro está ubicada en Avenida Borgoño, al norte de Viña del Mar y a escasos metros del límite sur del Campo Dunar de la Punta de Concón, este considera la construcción de un edificio de 9 pisos lo que es una latente amenaza para el Santuario Natural.
Cabe destacar que durante 2019 la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, a través de su Dirección de Obras Municipales (DOM), otorgó un permiso de edificación a Makroceano sin haber accedido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), permitiendo sin oposición la destrucción de las dunas, y al mismo tiempo, cayendo en una profunda ilegalidad.
También debemos recordar que en diciembre de 2020 la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), considerado uno de los gremios más poderosos de Chile, a través de una publicación en El Mercurio de Santiago, avaló con actitud cómplice la actuación arbitraria e ilegal de Makro, permitiendo de manera corporativa la destrucción de las dunas, inclusive tratando de revocar el veredicto de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
El fallo de la Suprema viene a detener la acción corporativa de la CChC, por otro lado llama a detener la depredación inmobiliaria en el campo dunar mientras no haya un EIA válido y vigente y finalmente ratifica la obligación y jurisprudencia de la autoridad ambiental, especialmente la de Viña del Mar, de proteger el Santuario Dunar que también pertenece a la Ciudad Jardín.
Esta es otra sentencia favorable para nuestra organización, que de manera judicial, socio-política, socio-ambiental y comunicacionalmente tenemos el único objetivo de hacer una defensa integral de las dunas. La duna está viva y no permitiremos su destrucción.