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Esta mañana hemos tomado conocimiento del fallo dictado el 5 de noviembre por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acoge el recurso de protección que interpusimos como Fundación Yarur Bascuñán y Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar en contra del proyecto inmobiliario Makroceano, de la Inmobiliaria Makro. La sentencia establece que se deben detener inmediatamente las obras por la ilegalidad en la construcción, dado que dicho proyecto se encuentra sin un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
Makroceano considera la construcción de una edificación de 9 pisos, está ubicado en Avenida Borgoño, al norte de la ciudad jardín y a solo 244 metros del límite sur del Campo Dunar de la Punta de Concón, lo que es una amenaza latente a uno de los Santuarios de la Naturaleza más importantes en la Región de Valparaíso.
Cabe destacar que en enero de 2019 la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, a través de su Dirección de Obras Municipales (DOM), se encargó de otorgar un permiso de edificación a Makroceano sin haber accedido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), permitiendo sin ninguna oposición el detrimento y destrucción de las dunas, además de recaer en una profunda ilegalidad.
De acuerdo a criterios establecidos en la ley nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, la realización de este tipo de obras debe sí o sí someterse al SEIA a través de la tramitación del EIA, que es el más alto estándar que tiene nuestro ordenamiento ambiental.
Por otra parte, la resolución de la Corte porteña manifiesta que Viña Del Mar no cuenta con un Plan Regulador Comunal que se haya sometido a una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE). Justamente por la inexistencia de un Plan Regulador con dichas características, y haciendo una lectura coordinada de la ley antes mencionada, es que la Corte señaló con claridad que el proyecto de la Inmobiliaria Makro debe remitirse al SEIA, y en virtud a la proximidad a un área protegida; el instrumento al cual debe someterse es el EIA, sentando un fundamental precedente en la defensa de nuestro borde costero.
Debemos recordar que el Santuario Dunar alcanza aproximadamente las 30 hectáreas de extensión, dos de las cuales se ubican en Viña de Mar, ese sentido, el fallo de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso es inédito, pues el Municipio viñamarino no tomó las medidas adecuadas en el espacio del Campo Dunar que le corresponde.
Al respecto, Gabriel Muñoz, abogado de ambas agrupaciones, se muestra satisfecho por la resolución, aunque también declara que este es otro paso para continuar con la defensa del borde costero, “no cabe duda que seguiremos adelante con la defensa de las dunas y todo lo que la rodea… la duna está viva y mientras así esté, vamos a defenderla” afirma.
Por su parte, Hernán Madariaga, vocero de la Corporación Pro Defensa, enfatiza que la Corte “vuelve a ratificar, una vez más, que para poder intervenir espacios naturales tan significativos como las dunas en Viña del Mar, se deben aplicar los más altos estándares para garantizar al menos la participación activa de la comunidad”.
Como Fundación Yarur Bascuñán y Corporación Pro Defensa nos sentimos contentos dado que fueron escuchados todos los argumentos que presentamos, de igual forma, este hito es un aliciente a nuestra acérrima defensa del borde costero de Viña y Concón. Seguiremos adelante por el bien del medioambiente y de los habitantes de la región.