¡No permitiremos que sigan destruyendo las dunas!
En enero de 2019 la Ilustre Municipalidad de Viña Del Mar se encargó de entregar un permiso de edificación al proyecto inmobiliario Makroceano, de la Inmobiliaria Makro, una construcción de 9 pisos que amenaza directamente al Campo Dunar de la Punta de Concón.
En específico, el edificio se ubica al norte de la ciudad jardín y al límite sur de las dunas, uno de los Santuarios de la Naturaleza más importantes en la Región de Valparaíso. Son solo 240 metros los que separan el campo cunar de este depredador proyecto que podría afectar irreparablemente el lugar.
La realización de la obra implica trabajos de nivelación, corte de taludes y construcción de muros de contención que pueden generar desestabilización en las dunas y en el acantilado costero que lo circunda, por lo tanto, es latente el riesgo de derrumbe en la misma construcción, edificaciones aledañas e incluso sobre la Avenida Borgoño, lo que podría bloquear una de las principales arterias en la conurbación Viña del Mar – Concón.
El proyecto inmobiliario afectará de modo irrecuperable a las dunas y todo el borde costero que lo rodea, destruyendo un espacio único en el mundo que ya ha sido golpeado constantemente por la irresponsabilidad de autoridades y constructoras depredadoras. Somos conscientes de que tenemos todos los elementos técnicos, jurídicos y científicos para ir en defensa de ambos espacios naturales de inigualable biodiversidad.
Asimismo, es de vital importancia tener en cuenta que, por su morfología, el Campo Dunar de Concón es considerado de dunas colgantes, es decir, que no posee conexión directa con alguna fuente que las abastezca de arena, por tanto todo daño será irremediable ya que no se auto rellenarán.
Como Fundación Yarur Bascuñán y Corporación Pro Defensa del Patrimonio de Viña Del Mar interpusimos un recurso de protección en contra de la inmobiliaria en cuestión, solicitando detener de inmediato las obras por la ilegalidad en la construcción, dado que esta se encuentra sin un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) favorable.
De acuerdo a los criterios establecidos en los artículos 8, 9 y 10 de la ley nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, la realización de este tipo de obras debe sí o sí someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la tramitación del EIA, que es el más alto estándar que tiene nuestro ordenamiento ambiental.
Luego de conocer la admisibilidad del recurso presentado, nos parece primordial aclarar inmediatamente que no estamos en contra de la inversión privada bajo ningún motivo, sino que nos interesa de sobremanera que se respete la institucionalidad ambiental y que los proyectos inmobiliarios que se realicen estén de acuerdo con la normativa legal y constitucional vigente en nuestro país.
Nos parece preocupante que el municipio viñamarino otorgue, sin muchas restricciones, permisos de obra sin cumplir con los máximos estándares en el plano ambiental, mostrando nulo interés en garantizar el derecho a vivir en un ambiente libre de toda contaminación y proteger los Santuarios Naturales de nuestro país.
Consideramos que la resolución debe servir para establecer nuevamente un precedente respecto a la responsabilidad ambiental que poseen las autoridades regionales, que muchas veces dan prioridad a elementos económicos por sobre los medioambientalmente sustentables. Es hora de replantear aquella visión.