¿Y el Plan de Manejo de las dunas de Concón?

 

El jueves 5 de agosto de 1993 se declara Santuario de la Naturaleza dos sectores del Campo Dunar de la Punta de Concón por constituir una unidad paisajística de gran valor escénico, turístico, educativo y científico. A continuación, se vuelve de vital importancia la materialización por parte del Municipio de Concón, así como de autoridades regionales y nacionales, del Plan de Manejo Ambiental de dicho Santuario. Para ello, debemos responder la pregunta ¿qué es el Plan de Manejo Ambiental?

El Plan de Manejo Ambiental consiste en la elaboración de una propuesta participativa enfocada en estrategias que consideren medidas de prevención de riesgos y accidentes ambientales. Así como también la generación de una serie de medidas que permitan a mitigar, restaurar y compensar impactos ambientales negativos producto de la implementación de algún proyecto en el entorno del Santuario.

El texto “Santuarios de la Naturaleza de Chile” editado por el Consejo de Monumentos Nacionales en 2010, señala que “El deterioro del medio ambiente, especialmente en el ultimo siglo, ha sido reconocido como un problema que requiere de soluciones urgentes. Entre otras respuestas, han surgido diversas líneas temáticas, una de ellas es la conservación in situ, que se ha implementado a través de la creación de áreas silvestres protegidas con objetivos de conservación y/o de manejo. En este tipo de sistemas de protección, las áreas silvestres se agrupan en categorías cuyo manejo se rige por una serie de normas técnicas y legales. Sin perjuicio de que existan áreas protegidas de propiedad privada, en general, la tuición de estas unidades está en manos del Estado o de organizaciones gubernamentales, ya que así se garantiza la continuidad en su protección”.

La elaboración de ello debe ser sistemática y estructurada, considerando una visión común y a largo plazo identificando diferentes objetos de conservación que reúnan la diversidad del área y las necesidades de dicha conservación.

La fabricación del Plan de Manejo Ambiental supone varios elementos que comienzan de modo general con la identificación y evaluación de las metodologías, medidas de manejo, prevención y control de riesgos y/o accidentes medioambientales en el proyecto a realizarse, todo ello corresponde a un compromiso administrativo o estratégico para garantizar la sustentabilidad ambiental del proyecto.

Posteriormente se reconocen las condiciones para la instalación de faenas de construcción, poniendo especial énfasis en la protección de componentes ambientales de interés y susceptibles de verse afectados. Luego de ello se exploran las medidas de carácter específico, presentando las fuentes generadoras de impacto, el eventual impacto como tal y las medidas de manejo ambiental implementadas por el titular del proyecto en cuestión, que pueden ser de mitigación, compensación o restauración, según sea el caso.

A continuación, comienza la identificación de riesgos ambientales; estos pueden ser eventos naturales de tipo catastrófico, en este caso particular la causa o factor que los desencadenan se relacionaría a actividad sísmica, geomorfológica, hidrológica o meteorológica, por otra parte, están los riesgos antrópicos, que se vinculan con eventos accidentales cuyo origen se relaciona a actividades humanas, generalmente relacionadas a actividades de construcción. Seguidamente se presentan medidas de prevención y controlsegún los riesgos identificados anteriormente.

Finalmente se aplica un minucioso seguimiento para establecer en conformidad a todo lo antes mencionado, que el proyecto haya impactado lo mínimo en pos del Santuario Natural. 

¿Qué sucede en la actualidad?

En lo que respecta al Campo Dunar de la Punta de Concón en la actualidad, podemos afirmar que la labor de las autoridades ha sido absolutamente deficiente. Sin ir más lejos, los últimos sucesos relacionados a la ineficiente política de manejo ambiental lo hallamos el jueves 30 de mayo de 2019, fecha en la que la Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió paralizar la construcción de los edificios Alto Santorini I y II, de 28 y 23 pisos, de la constructora Vimac. Ambos proyectos carecían de Estudio de Impacto Ambiental (EIA) a pesar de estar contiguos al Santuario de la Naturaleza, demostrando que el lugar de composición única y con presencia de más de 200 especies de flora y fauna se encuentra profundamente amenazado por una serie de proyectos inmobilarios que pueden dañan de forma permanente e irreversible el Campo Dunar.

Asimismo, la inmobiliaria Reconsa anunció durante 2018 la construcción de edificaciones alrededor de la avenida Cornisa en Concón, un megaproyecto de 28 lotes que se encontraba sin estudio de impacto ambiental, hecho repudiable y con un nivel irrisorio de despreocupación y desinterés por el Santuario, resultando ser totalmente ilegal.

Reconsa obvió aquel detalle, aunque lo más preocupante sería que la Comisión Ambiental Regional autorizó la continuidad del megaproyecto, desconociendo el fallo de la Corte Suprema emitido en junio de 2019 que indicó que cualquier construcción en la zona debiese contar con un estudio de impacto ambiental. 

Esto es solo una pequeña muestra del poco interés de la autoridad que ha permitido que sistemáticamente nuestro Campo Dunar de la Punta de Concón sea destruido por especuladores inmobiliarios que se han convertido en cómplices de las autoridades.

Duna Viva, organización para la conservación del Campo Dunar de Concón.